Con motivo del inicio de la campaña de la Renta 2025, abierta desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026, el Colegio ha remitido al correo electrónico personal de los colegiados el certificado acreditativo del pago de las cuotas colegiales correspondientes al ejercicio 2025.
Recordamos que, al ser la colegiación obligatoria para el ejercicio profesional, el importe abonado en concepto de cuotas puede incluirse como gasto deducible en la Declaración de la Renta, dentro de los límites legalmente establecidos.
En el caso de los colegiados que desarrollan su actividad por cuenta ajena, la cuota colegial podrá consignarse en el apartado “Rendimientos íntegros del trabajo”, con un límite máximo de 500 euros anuales.
Si no has recibido el certificado, te recomendamos revisar la carpeta de correo no deseado o SPAM, ya que en ocasiones el envío puede dirigirse automáticamente a dicha bandeja.
Asimismo, recordamos que los colegiados autónomos ya recibieron este certificado durante el mes de diciembre de 2025, por lo que no se realizará un nuevo envío en esta fecha.
En caso de no localizar el documento, puedes ponerte en contacto con Secretaría para solicitar una nueva copia.
Es importante tener en cuenta que este certificado corresponde exclusivamente al ejercicio 2025. Por tanto, aquellos colegiados que se hayan incorporado al Colegio durante los meses de enero, febrero o marzo de 2026 deberán incluir dicho importe en la próxima campaña de la Renta.
Para facilitar la preparación de la declaración, la Agencia Tributaria dispone además de un vídeo informativo de carácter general que puede servir de orientación:
📽 https://www.youtube.com/watch?v=5osLiMg_jU4
Para cualquier consulta adicional, el Colegio permanece a disposición de todos los colegiados.



















